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¿Los niños primero?

Los niños son una parte de la población más vulnerable en situación de catástrofe. Por eso, es necesario velar por el cumplimiento de sus derechos durante la larga etapa de reconstrucción física y emocional tras el terremoto del pasado 16 de abril en la costa ecuatoriana.

Foto: Tito Molina. Jama, Manabí. 29 de abril del 2016.

Por David Carrión / @elbuenlawyer

Un cálculo inicial de UNICEF provoca escalofrío: 250 mil niños resultaron afectados por el terremoto del 16 de abril en la costa ecuatoriana. En medio de los muertos, de los desaparecidos y de quienes se quedaron sin nada, los niños constituyen un grupo vulnerable de especial tratamiento en emergencias de esta naturaleza.

El objetivo principal es lograr el cumplimiento de sus derechos, más aún cuando (al igual que las personas con discapacidad, los adultos mayores, las poblaciones indígenas, etc) los medios para satisfacer sus necesidades básicas son insuficientes o han sido seriamente afectados por el terremoto.

La cifra de UNICEF tiene sentido si se toma en cuenta que, de acuerdo con el Censo del 2010, en Manabí existen alrededor de 290 mil niños de hasta 9 años.

Con la tragedia, las condiciones en las que crecen estos niños empeoran, especialmente en las zonas rurales, donde, por ejemplo, el nivel de escolaridad y de acceso a servicios básicos da cuenta de las desventajas estructurales de la zona.

En ese sentido, reflexionar sobre las acciones y medidas que se deben tomar en la atención de emergencias parte de reconocer que los niños y las niñas tienen derecho a recibir atención prioritaria y sus derechos deben cumplirse indistintamente de la situación en que se encuentren.  

Entre los problemas que se puede ya identificar está la desintegración de las familias, debido a la muerte de sus padres o apoderados, así como el desplazamiento de las poblaciones debido a la emergencia. Esto, a su vez, se convierte en parte de una cadena de hechos cada vez peores, pues luego de la separación de sus padres, los niños quedan expuestos a maltratos físicos y psicológicos, y a la explotación infantil o al abuso sexual. Si bien estos hechos son aberrantes, hay experiencias suficientes que muestran cómo las mafias se aprovechan de los desastres o catástrofes.  

Un programa para la protección debe garantizar la seguridad física de niños, niñas, adolescentes y mujeres, incluso dentro de los espacios de refugio donde sucede gran parte de estos patrones de abuso.

Otro factor a considerar es la precariedad de la economía y otras causas sociales que se agudizan luego del desastre, abusos que pueden venir incluso de quienes tienen la obligación de protegerlos. El despliegue de las actividades de ayuda humanitaria a las personas afectadas debe ser liderado por el Estado y sus instituciones encargadas de la atención de emergencias, de modo que exista coordinación y complementen las acciones de otros organismos. Y estas actividades deben orientarse prioritariamente a suplir las necesidades específicas de la niñez.

Como complemento, traemos a colación los derechos de la niñez, descritos en la Convención sobre los Derechos del Niño, que forman parte del marco jurídico de los Derechos Humanos:

  1. Interés superior del niño. Debe ser la preocupación principal en la toma de decisiones. Cuando los adultos toman decisiones deben pensar sobre cómo éstas afectarán a la niñez. Esto aplica particularmente a quienes deciden sobre la economía, política y leyes, es decir, el gobierno de turno.
  1. Derecho a la vida, sobrevivencia y desarrollo. Los gobiernos deben asegurar a los niños y niñas una alimentación adecuada, vivienda, agua potable y saneamiento, educación oficial, atención primaria de salud, tiempo libre y recreación, actividades culturales e información sobre sus derechos. Además, protección contra todo tipo de maltrato, abandono, explotación y crueldad.
  1. Derecho a la participación. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la libertad de expresión y a expresar su opinión sobre cuestiones que afecten su vida social, económica, religiosa, cultural y política, derecho a emitir opiniones y a que se les escuche, el derecho a la información y a la libertad de asociación.

Una vez que hemos revisado brevemente la situación de los niños luego del terremoto, es urgente preguntarnos si el gobierno central y los gobiernos locales han garantizado de un modo cabal los derechos de los niños, o si son suficientes los esfuerzos oficiales por lograrlo. Si es así, enhorabuena. De lo contrario, es nuestra tarea colectiva exigir que se cumplan.