Por Karina Medina / @karina6medina
El pasado viernes 26 de julio, el juez Carlos Andrés Andrade, de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, aceptó la acción de protección interpuesta el 19 de mayo por la Defensoría del Pueblo, para 38 familias que perdieron a sus seres queridos durante la emergencia sanitaria en Guayaquil y cuyos cuerpos están desaparecidos. El fallo declaró que se vulneró el derecho a la seguridad jurídica, a disponer de bienes y servicios públicos de óptima calidad y el derecho a la integridad personal psíquica de las personas que perdieron a sus familiares en el marco de la emergencia sanitaria por la Covid-19.
A la audiencia de casi seis horas que se realizó en el Complejo Judicial Florida, al norte de Guayaquil, acudieron varios integrantes de 38 familias beneficiarias de esta medida de protección. Sin embargo, hay al menos 20 familias más identificadas por abogados particulares y 78 que constan en los registros del Comité Permanente de Defensa de Derechos Humanos, que reclaman por el extravío de los cuerpos de sus seres queridos, fallecidos durante la crisis pandémica en Guayaquil, donde han muerto alrededor de 10 000 personas.
La vicedefensora Zaida Rovira explicó que la decisión tiene una extensión inter pares con alcance no solo a las 38 familias que comparecieron en este caso, sino también a las que aún no han sido visibilizadas y que están en la misma situación. La medida podría beneficiar a más de 100 familias que buscan los restos de sus familiares extraviados en manos de las autoridades. “Tanto el MSP y el IESS pretendieron lavarse las manos argumentando que tienen unidades desconcentradas y que cada hospital actúa por sí solo, algo absurdo porque el MSP es el órgano rector de la política pública en materia de Salud y tiene la obligación de controlar y evaluar dichas políticas”, manifestó Rovira, y explicó que ´con el fallo del juez “se responsabilizó estrictamente de todo lo ocurrido al Ministerio de Salud Pública (MSP), al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y a los hospitales bajo su mando”.
El juez dispuso que estas entidades pidan disculpas públicas a las familias afectadas, a través de los diarios de mayor circulación nacional, y que corran con los gastos del tratamiento psicológico de los deudos durante un año. Además, dio un plazo de diez días para la identificación de los cuerpos y que sean entregados a sus familiares.
La representante de la Defensoría del Pueblo agregó que se solicitó una reparación material por los gastos en que hayan incurrido los afectados en la búsqueda de sus familiares, pero no hubo pronunciamiento del juez al respecto. La defensa espera la notificación de la sentencia por escrito para pedir o no una ampliación de sentencia en este punto.
Después de 3 meses las familias afectadas sienten que han encontrado «una luz de esperanza». Con esto coincidió Billy Navarrete, secretario ejecutivo del Comité Permanente de Defensa de los Derechos Humanos, y aseguró que es el primer paso de un proceso de esclarecimiento con relación al extravío de cuerpos en Guayaquil.
«Se ha llenado de expectativas a las familias, las cuales solo han recibido maltratos por parte de las instituciones del Estado. En este sentido la resolución señala que se tienen que investigar 16 casos concretos documentados, que el juez halló como prueba fehaciente del extravío de cuerpos del universo de 38 denunciados en la acción de protección de la Defensoría del Pueblo», dijo Navarrete.
Tanto el IESS como el MSP apelaron el fallo. Según las investigaciones de la Fiscalía General del Estado, más de 100 cuerpos carecerían de identificación. Por esa razón, y con el propósito de dar con la identidad de los fallecidos, esa entidad estableció un “protocolo antropológico” que debe ser implementado en todos los procesos indagatorios.