Redacción La Barra Espaciadora /
El Ecuador no sale de su asombro al ver como un militar ha perdido la vida y otros han sido gravemente heridos durante un operativo de control contra la denominada “minería ilegal” apelativo con el que el Gobierno tacha a quienes hacen minería sin respetar los parámetros establecidos en la ley, generando también grandes daños ambientales. Pero el mismo apelativo puede aplicarse ahora al proyecto minero más grande del país -promocionado y defendido por el mismo Gobierno- sobre el cual recae un informe de Contraloría publicado el 24 de septiembre, en el que se detallan las 15 ilegalidades en la concesión y administración de ese proyecto calificado como estratégico para el Estado.
El informe de Contraloría DIAPA-0027-2012, muestra los resultados del examen especial realizado a la concesión y administración de la etapa de exploración del proyecto minero Mirador, que lleva adelante la empresa de capital chino, Ecuacorriente SA, en la provincia de Zamora Chinchipe. Según las estimaciones hechas públicas por el Gobierno, este proyecto generaría alrededor de 180 millones de toneladas de cobre por año y representaría ingresos para el Estado por 5.400 millones de dólares en los 22 años de explotación.
El proyecto minero está en marcha y cuenta con el aval del régimen chino sobre la base del contrato firmado entre esa compañía y el Gobierno ecuatoriano en el 2012 que permitió también la entrega de la licencia ambiental para la explotación en el área concesionada.
Pero este fue solamente el último paso del proceso que, según la Contraloría, es ilegal desde el 2005.
Ilegalidades e inconstitucionalidades
El informe de Contraloría determina varias ilegalidades e inconstitucionalidades cometidas por las autoridades de varios ministerios y dependencias gubernamentales entre el 2005 y 2011 en lo relacionado a la concesión minera del proyecto Mirador, varias de ellas detallamos a continuación.
Proyecto minero afecta a bosque protegido
Si bien esta tesis no es nueva ya que fue denunciada por varios sectores, el Gobierno la negó siempre y defendió la integridad de la concesión, no obstante la Contraloría da la razón a esas denuncias y determina que una parte del área de concesión minera atraviesa el bosque protector de la Cordillera del Cóndor. Esto pese a que en agosto del 2006, el Ministerio del Ambiente emitió un certificado de Intersección en el cual dijo que el proyecto no tocaba áreas protegidas.
De acuerdo al artículo tres del denominado mandato minero emitido por la Asamblea Constituyente, las concesiones mineras que afecten al patrimonio forestal del Estado, deberán ser declaradas extintas sin derecho a compensación
Pese a las evidencias geográficas ahora expuestas por la Contraloría, en su momento el exministro de Recursos Naturales No Renovables, Wilson Pástor, afirmó que en este caso el denominado mandato minero es “inaplicable”, explicación que recoge el informe de Contraloría.
Licencia ambiental sin sustento legal
El Ministerio del Ambiente, el 26 de agosto de 2010 otorgó la licencia ambiental para la fase de exploración avanzada del proyecto Mirador. El documento se basa en el certificado de intersección emitido en el 2006. Pese a los cuestionamientos a ese documento y a las nuevas normas legales que establecen otras condiciones para entregar las licencias ambientales, en marzo del 2012, el Ministerio del Ambiente, en varias comunicaciones, ratifica la vigencia del ilegal certificado de intersección y ratifica así también la licencia ambiental del proyecto.
Riesgos sobre las fuentes de agua
El informe de Contraloría determina que en el área de concesión del proyecto Mirador existen 227 fuentes de agua. De acuerdo al ya mencionado mandato minero, la existencia comprobada de esas fuentes de agua también es causal de extinción de la concesión, no obstante, nuevamente el exministro de Recursos Naturales no Renovables respondió a la Contraloría diciendo que tal mandato, también es “inaplicable” porque, según él, no se ha demostrado que tales fuentes hayan sido afectadas. El ex funcionario se convirtió así en el defensor principal de la compañía minera pese a que esta, en un documento elaborado previamente en conjunto con el Ministerio del ambiente habla de que habrá “afectación puntual” en los ojos de agua.
Excesivo número de concesiones
Según el mandato minero, una sola empresa podría tener un máximo de tres concesiones a su favor, caso contrario, todos los títulos mineros serán extinguidos sin derecho a compensación.
Pero este no fue el caso de la compañía Ecuacorriente que llegó a tener 11 concesiones diferentes para el proyecto Mirador. Ante este hecho, nuevamente el exministro de Recursos Naturales no Renovables respondió a la Contraloría diciendo que la compañía solo tenía dos títulos solicitados y que el resto fueron concesiones que adquirió de personas jurídicas anteriores, razón que fue suficiente para que esta y otras autoridades, nuevamente pasen por alto la disposición constituyente.
Se concesionó un área en Perú
Insólitamente las autoridades gubernamentales le concedieron a Ecuacorriente la concesión de un área minera en Perú. Parece mentira pero es cierto, según detalla la Contraloría en su informe final, el levantamiento geográfico del área concesionada determina que esta traspasó la frontera.
Solamente después de que la Contraloría informó de este particular, las autoridades de minas dispusieron los pasos administrativos para corregir el error.
Afectaciones a ecosistemas distintos
Para el 2009 Ecuacorriente presentó la actualización del plan de manejo ambiental para sus concesiones mineras en el proyecto Mirador, sin considerar, según la Contraloría, que dos de las concesiones se encuentran en una microcuenca distinta y tienen una biodiversidad propia, lo que obliga la generación de planes de manejo ambiental individuales.
Este requisito no se cumplió y se autorizó la fase de exploración avanzada en todas las concesiones como si se tratase de condiciones naturales únicas y sin variación.
No se informó a las comunidades
Pese a que la Constitución en su artículo 88 establece que “toda decisión estatal que pueda afectar al medio ambiente, deberá contar previamente con los criterios de la comunidad, para lo cual ésta será debidamente informada…” tal precepto parecería no haberse cumplido en el caso del proyecto Mirador. Según el informe de la Contraloría, no existe evidencia de que la autoridad ambiental haya cumplido con este requisito indispensable para la entrega de la licencia ambiental del proyecto. El informe explica que el subsecretario de Protección Ambiental entregó documentación que habla de varias reuniones y al menos dos asambleas con las comunidades y menciona un anexo con los resultados, documento que nunca fue entregado a la Contraloría.
No hay control ambiental
Aunque el informe de la Contraloría se refiere solo a la etapa de exploración avanzada, evidencia que la autoridad ambiental no realiza un control real sobre la situación del proyecto. Si bien la ley dispone que se realice una auditoría ambiental anual, la que fue entregada a la Contraloría muestra vacíos como por ejemplo: la falta de un levantamiento de especies de flora y fauna del lugar, no se verifica el tratamiento de aguas residuales así como piscinas de tratamiento, ni la tala de bosques y ni siquiera el seguimiento del plan de manejo ambiental. Pese a tales inconsistencias, el Ministerio del Ambiente aprobó la auditoría ambiental, sin que esta mencione siquiera los problemas que luego fueron hallados por la Contraloría.
Proyecto en Zamora, monitoreado en Quito
¿Dónde quedó la descentralización? Eso parece preguntarse también la Contraloría cuando sus funcionarios pidieron información del proyecto Mirador en la dirección regional del Ambiente de la provincia de Zamora y les respondieron que toda la información estaba en Quito, ya que en esa dependencia solo brindan apoyo. Entre las cosas que se hacen en Quito está el control ambiental, es decir, desde las oficinas del Ministerio del Ambiente en Quito se controla lo que se hace con el ambiente al otro lado del país, en la frontera con el Perú, metodología que contraviene lo que dispone el artículo 227 de la Constitución, así como el Estatuto Orgánico del Ministerio del Ambiente.
Efecto a los finqueros no importó
Y pese a que es deber del Estado precautelar los intereses de los ciudadanos, en el caso de la incursión de Ecuacorrinte en el área del proyecto, esta no fue una prioridad. Así lo determina el informe de Contraloría que demuestra que el Estado no intervino en defender los intereses de los propietarios de los terrenos que fueron comprados por la compañía, en algunos casos, en menos de 300 dólares por hectárea. Fue la misma empresa la que luego “reconoció el error” y unificó el valor de la hectárea a 600 dólares, pero solo después de los continuos reclamos de los propietarios. En este caso, la autoridad, nuevamente evadió su responsabilidad constitucional y legal y al final los finqueros debieron conformarse con los precios fijados por la compañía.
A esto hechos hay que aumentar irregularidades en la consecución de permisos militares, en el sistema de participación social determinado para el proyecto, más irregularidades en los requisitos previos para la obtención de la licencia ambiental, así como negativa de las autoridades ambientales para entregar información a la Contraloría y varias inobservancias adicionales a la Constitución y la Ley de Minería en la administración del proyecto Mirador
Con estas ilegalidades e inconstitucionalidades el Gobierno firmó el contrato de explotación del proyecto mirador y oficializó así el proyecto de minería ilegal más grande del país, pero al que se destacan policías y militares para resguardarlo.
Descargue el informe de Contraloría
https://www.dropbox.com/s/me1xuyuvpd3csba/Informe%20Mirador.pdf