El caso Siekopai abre el debate sobre decisiones estatales unilaterales que violan la Constitución y los instrumentos internacionales sobre pueblos indígenas. El Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica (Maate) ha incumplido una sentencia judicial de última instancia durante más de 15 meses.

La sentencia es de última instancia, reconoce la propiedad ancestral del territorio Siekopai y su obligatorio cumplimiento daría lugar a la primera titulación de territorio ancestral de una nacionalidad indígena dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas por parte del Estado.

El Estado ecuatoriano ignora políticas sobre interculturalidad y derechos colectivos, no cuenta con personal especializado y desata conflictos territoriales derivados de la creación de áreas protegidas sin contar con el consentimiento de sus poblaciones.


Por Diego Cazar Baquero / @dieguitocazar

“Tierras baldías”. Así es como se describía a la Amazonía en el siglo XIX, en las discusiones acerca de las nacientes repúblicas de América Latina. La selva y todo lo que estuviera ahí −incluidas sus poblaciones humanas, sus animales, sus árboles y el subsuelo− constituía una inhóspita e inagotable fuente de recursos al servicio del progreso nacional. El destino de esos habitantes y sus territorios se decidía en las oficinas de las ciudades, sin tomar en cuenta sus modos de vida ni su humanidad. 

Dos siglos después, poco ha cambiado. Un proceso judicial ignorado, cuya sentencia ya ha sido ratificada por la Corte Constitucional, así lo confirma.

El 24 de noviembre de 2023, la Corte Provincial de Sucumbíos dispuso en última instancia que el Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica (Maate) reconozca la propiedad ancestral y entregue el respectivo título de propiedad a la Nación Siekopai sobre 42 360 hectáreas de un territorio ubicado en la actual Reserva de Producción Faunística Cuyabeno, en el nororiente amazónico de Ecuador.

El proceso en tribunales se inició en septiembre de 2022, pero ya en 2017, la nacionalidad presentó al Maate una solicitud para ejercer su derecho a la titulación, adjuntando informes antropológicos, mapas y monitoreos que señalan zonas sagradas, sitios históricos y el detalle de la superficie territorial reclamada. De hecho, la Corte Provincial se respaldó en esos documentos para probar su condición de ancestralidad.

Sin embargo, lo que lucía como una victoria para el pueblo Siekopai se ha diluido, pues el Maate evadió disposiciones legales recurrentemente y después de 16 meses se ha negado a cumplir la sentencia.

Vista desde el cielo de Pë’këya, un conjunto de lagunas de aguas profundas en medio de bosques altamente biodiversos. Fotos: Nicolás Kingman / Amazon Frontlines.


1779 mapa del general militar español Francisco Requena presentado a la Real Audiencia de Quito. El río Lagartococha se muestra como el río “Puquilla”, una interpretación españolizada de “Pë’kë’ya”.

Mediante tres escritos enviados a la Unidad Judicial Multicompetente de Shushufindi –del 27 de febrero, el 7 y el 11 de marzo de 2025–, el equipo jurídico de esa cartera de Estado dijo que la entidad no puede cumplir la disposición judicial debido a una serie de “imposibilidades materiales” y a otras “imposibilidades jurídicas”. El Maate justificó su respuesta con el argumento de que no han logrado realizar la verificación in situ de hitos y polígonos por presuntos riesgos para la seguridad de su personal, y por potenciales conflictos territoriales entre comunidades.

Jorge Acero, miembro del equipo de territorios de la organización Amazon Frontlines, que acompaña jurídicamente el caso, asegura que la visita presencial para verificar hitos no es necesaria, pues la sentencia se dictó sobre la base de polígonos ya determinados, verificados y aceptados judicialmente en diligencias pasadas.

En efecto, el Maate aceptó este hecho en la audiencia de seguimiento al cumplimiento de la sentencia, que tuvo lugar el 20 de septiembre de 2024, en San Pablo de Katëtsiaya, el centro poblado más importante de la Nacionalidad Siekopai en territorio ecuatoriano.

Los más recientes documentos, en los que el Maate anuncia la “imposibilidad de cumplimiento”, constituyen el colofón de una serie de intentos de dilatar sus acciones y desoír órdenes judiciales de manera reincidente.

El Maate incumple sentencia
Juez de la Corte Constitucional interviene durante la audiencia de apelación de la acción de protección por la recuperación del territorio ancestral Pë’këya. El 30 de mayo de 2023, los jueces de la Corte Provincial de Sucumbíos realizaron la audiencia de apelación de la sentencia, en la comunidad San Pablo de Katëtsiaya donde fueron recibidos por la guardia Wajo’sara y la comunidad compartió su yocó y prácticas ancestrales con los jueces. Foto: Daris Payaguaje / Alianza Ceibo.

En una nueva audiencia de seguimiento, realizada el 28 de febrero pasado, el juez Víctor Hugo Garófalo sancionó la nueva ausencia del Maate, que se había excusado a última hora alegando problemas de seguridad y averías en un automóvil en el que supuestamente se movilizaba la delegación. El juez declaró en rebeldía a la institución y dispuso una multa de 94 dólares por cada día de incumplimiento de la sentencia en contra de la ministra de Ambiente, María Cristina Recalde.

Según Justino Piaguaje, dirigente de Territorio de la Nación Siekopai, esa habría sido una señal de que el Maate ya buscaba declarar inejecutable la sentencia, por lo que los representantes de la nacionalidad aclararon “que hubo ya dos audiencias en el mismo sitio y que no hubo ningún problema de seguridad”. Frente a esta nueva falta por parte del Maate, el juez renovó los plazos para el cumplimiento de la sentencia y ordenó una vez más que la entidad remitiera el borrador de título para la adjudicación de Pë’këya hasta el 20 de marzo de 2025 y que entregara el título hasta el 11 de abril de este año. Pero el Maate tampoco acató estas disposiciones.

El equipo jurídico del Maate asegura en una de sus misiva, que “la responsabilidad de un enfrentamiento de las Nacionalidades Siekopai y Comunidad Kichwa [Zancudo Cocha], fue, es y será de entera responsabilidad de la Corte Provincial de Sucumbíos y el Juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Shushufindi” (sic).

“El Maate no tiene voluntad absoluta de cumplir con la sentencia –sostiene Piaguaje–, creo que ellos están dilatando, se quieren mantener como si fuera un proceso judicial en el que están recién descargando argumentos y responsabilidades, pero este ya es un proceso de ejecución de sentencia y vemos con mucha preocupación cómo quieren seguir dilatando”. 

“Una sentencia, especialmente en temas de Derechos Humanos, es papel mojado si no se cumple −dice Acero−, y ese es uno de los graves males que tenemos en Ecuador en los últimos años, con sentencias a nivel de Corte Constitucional y a nivel de cortes provinciales que son definitivas”.

Territorios ancestrales tratados como si fueran tierra de nadie

En 1979, el Estado ecuatoriano creó de manera unilateral la Reserva de Producción Faunística Cuyabeno (RPFC), en un área de 254 760 hectáreas que abarca toda la cuenca del río Cuyabeno. En 1991 la RPFC se amplió en 401 021 hectáreas e incorporó cuencas de ríos como el Lagartococha y el Aguarico río abajo, e incluyó a Pë’këya como parte del área protegida. Todo esto lo hizo sin implementar procesos de consulta a las poblaciones que habitaban la zona ni mucho menos estudios antropológicos. En diciembre de 1993, la RPFC sufrió el desmembramiento de 52 401 hectáreas como resultado de la apertura de la frontera petrolera y de nuevos episodios de colonización permitidos o auspiciados por entidades estatales. Ahora, la Reserva cuenta con 603 380 hectáreas.

En esta amplia superficie, el Estado entregó convenios de uso del territorio a varias nacionalidades y comunidades como las Siona y A’i Kofán y algunas comunidades kichwas, entre ellas, el Centro Kichwa Zancudo Cocha, con quien suscribió un convenio en 2008 a sabiendas de que el territorio comprendido había sido habitado por otras nacionalidades, como los Siekopai, incluso mucho antes de que se fundara la república, en 1830.

En una carta abierta dirigida a la Presidencia de la República el pasado 10 de marzo de 2025, la comunidad Zancudo Cocha asegura que: “Al momento de este convenio [firmado en 2008], la legislación impedía cualquier tipo de derecho real en áreas protegidas, por lo que el entonces Ministerio del Ambiente, apeló a la figura de ‘convenio de uso y manejo’ para reconocer las posesiones indígenas” (sic).

Sin embargo, la jurista y catedrática universitaria Verónica Potes, integrante de la Alianza por los Derechos Humanos del Ecuador, explica que al firmar el convenio en concesión de uso, Zancudo Cocha habría caído en una especie de trampa, pues aceptó hacerse cargo de un territorio que, según ese acuerdo, constaba como perteneciente al Estado y no a ellos. “Según el Estado, como ahí no había ningún título de propiedad, entonces alegaban la vieja doctrina de terra nullius (tierra de nadie)”, dice.

“Ahí no hay un reclamo territorial −continúa Potes, en relación con el convenio de uso con Zancudo Cocha−, mientras que el reclamo Siekopai sí es un reclamo territorial”. La abogada zanja el dilema aclarando que la Nacionalidad Siekopai no tiene problemas con las otras comunidades sino con el Estado, que “tomó posesión indebida de algo que sabían que no era de ellos” y que, en esos términos, nunca debió haber suscrito un convenio de uso con Zancudo Cocha.

Ahora, “el Maate no sabe cómo deshacerse del problema que tiene con aquellos a quienes les dio un convenio de uso de un territorio que no era del Estado ecuatoriano”.

El Maate incumple sentencia
El Maate incumple sentencia
El Maate incumple sentencia

La carta del Centro Kichwa Zancudo Cocha explica a las autoridades que la familia Tangoy fue la que fundó su comunidad en la zona del río Lagartococha, aproximadamente en 1920, y que desde 1997 cuentan con personería jurídica. Con ese argumento, sostienen que “la posesión del territorio que se nos pretende arrebatar, no es debido al convenio del 2008 con el Estado Ecuatoriano, a través del Ministerio del Ambiente, sino por el asentamiento continuo de más de tres generaciones de familias Kichwas en esa zona, de las cuales somos descendientes” (sic).

A pesar de varios intentos por obtener información de parte de funcionarios del Ministerio de Ambiente Agua y Transición Ecológica (Maate), sobre la responsabilidad del Estado al provocar confrontaciones y tensión entre grupos de distintas nacionalidades indígenas, derivadas de la suscripción de convenios de uso en territorios ancestrales a los que se sobreponen áreas protegidas, solo obtuvimos respuestas evasivas.

“El Estado no quiere reconocer que nunca debió haber otorgado esos convenios de uso”, responde Potes.

Un historial de incumplimientos y violaciones 

En la práctica, la lucha para recobrar el territorio ancestral del pueblo Siekopai −dividido en 1941, tras el inicio de la guerra entre Ecuador y Perú− empezó medio siglo después de que estallara ese conflicto bélico, cuando en 1997 sus líderes indígenas presentaron los primeros documentos al entonces Instituto Nacional de Áreas Protegidas. Mapas, crónicas, testimonios e imágenes llegaron a las oficinas estatales, incluyendo el famoso mapa de 1691, del religioso Samuel Fritz, en el que el río Lagartococha aparece ya señalado con el nombre Puquilla, lo que para el dirigente siekopai Justino Piaguaje, representaría una interpretación españolizada de Pë’këya, el nombre original en su lengua, el paikoka.

Frente a la falta de respuestas por parte del Estado es que 21 años más tarde, en 2017, la nacionalidad presentó al Maate la solicitud para ejercer el derecho a la titulación, adjuntando informes antropológicos, mapas y añadiendo monitoreos que señalan la ubicación de zonas sagradas, sitios históricos y el detalle de la superficie territorial reclamada.

Pablo Castillo, abogado que forma parte del equipo jurídico que respalda a la Nación Siekopai, recuerda que por esos días, en una reunión con personal del Maate, los funcionarios asumieron el compromiso de suspender los convenios de uso y manejo que esa institución había otorgado sobre el territorio indígena siekopai, en 2008. “Este caso tiene relevancia porque ninguna de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas de la Amazonía ecuatoriana que están dentro de áreas protegidas cuenta con un título de propiedad”, contextualiza Castillo.

En 2019, la Nación Siekopai realizó un viaje en remo, tal como lo hacían sus ancestros, hasta Pë’këya. Este ejercicio es parte de la lucha de recuperación de su territorio ancestral. Foto: Nicolás Kingman / Amazon Frontlines

En respuesta a un pedido de información de La Barra Espaciadora, enviada el 25 de marzo de 2025 vía correo electrónico, el equipo jurídico del Maate reiteró que para titular un territorio ancestral es necesario contar con la normativa técnica y realizar una consulta prelegislativa para oficializarla, pero negó su responsabilidad en ese estancamiento: “Al momento, el Maate se encuentra en el proceso de elaboración y socialización de la norma técnica que permita la adjudicación de tierras dentro del SNAP −dice el documento enviado−. Sin embargo, este Ministerio no ha recibido una respuesta favorable por parte de la agrupación de comunidades indígenas que permita continuar con el tratamiento de esta trascendental noma” (sic).

La subsecretaria de Patrimonio del Maate, Glenda Ortega, confirmó a este medio que “hay un borrador de norma con requisitos basados en la necesidad de territorio, de quienes viven en las áreas protegidas y necesitan regular y legalizar. Que no esté oficializado no quiere decir que no haya un trabajo realizado”, respondió la funcionaria en una entrevista realizada en su despacho, en Quito, el 6 de marzo. En la entrevista, Ortega se negó a hablar sobre el caso Siekopai aunque la cita había sido pactada exclusivamente para ese propósito, mediante una solicitud formal. “En el tema de la sentencia Siekopai no me puedo pronunciar, es una situación diferente al borrador de la norma técnica de regularización y legalización de tierras en áreas protegidas”, se excusó Ortega.

Pero el argumento sobre la falta de norma técnica para titular territorios ancestrales ubicados en áreas protegidas por el Estado no es nuevo. 

Ya en 2021, un expediente de la Defensoría del Pueblo (DPE) sobre este caso, registra que el Maate había explicado en 2018 que se encontraba trabajando en un “instructivo técnico jurídico de Adjudicación de Tierras”. No obstante, siete años después, esa normativa todavía no existe.

El Maate incumple sentencia
En febrero de 2018, líderes de la Nación Siekopai viajaron hasta Pë’këya para construir una maloca, casa espiritual para beber yagé, la misma fue quemada meses después. Foto: Mitch Anderson / Amazon Frontlines

El mismo expediente defensorial citó el artículo 11 numeral 3 de la Constitución de la República del Ecuador, que dice que “no podrá alegarse falta de norma jurídica para justificar su violación o desconocimiento…”, determinó que el Maate había incurrido en graves violaciones a los derechos colectivos del pueblo siekopai y exhortó al Ministerio a definir con urgencia un mecanismo para el otorgamiento inmediato de esos territorios y “adjudicar de manera urgente” su territorio a la nacionalidad Siekopai. Pero la entidad lo ignoró.

Mucho antes, en mayo de 2003, representantes de la nacionalidad Siona, que también habita la Reserva de Producción Faunística Cuyabeno, reclamaron al entonces presidente Lucio Gutiérrez la titulación de su territorio, en vista de que se sentían amenazados por la presencia de grupos armados colombianos. Sin embargo, el pedido no fue atendido.

Justino Piaguaje dice que las autoridades “lo que hacen es excluir, discriminar desde un Estado racista”.

Piaguaje ha sido uno de los líderes más visibles durante todo el proceso judicial. Ha recibido ataques armados y amenazas por parte de habitantes del Centro Kichwa Zancudo Cocha debido a la falta de acciones por parte del Estado para remediar errores históricos que hoy ponen en riesgo a pueblos y nacionalidades.

La mañana y tarde del 21 de julio de 2024, nueve canoas movilizaron a decenas de habitantes siekopai a lo largo del río Aguarico, desde San Pablo hacia Pë’këya, con el propósito de asistir al III Encuentro Binacional de la Nacionalidad Siekopai, donde varios parientes se reencontraron o incluso se conocieron por primera vez, luego de la separación forzada de 1941. Durante el viaje, una de las canoas fue interceptada por otras dos, tripuladas por integrantes de la comunidad kichwa de Zancudo Cocha, que amenazaron verbalmente a los viajantes. En la quilla de sus embarcaciones había armas de fuego. Minutos más tarde, los kichwas dispararon al aire cuando pasaba por el mismo río la canoa en la que viajaba Justino Piaguaje. Pocos meses antes, otros miembros de Zancudo Cocha dispararon al motor de una canoa siekopai en la que viajaban mujeres, niños y niñas, confiscaron teléfonos celulares y los arrojaron al fondo del río. “Yo estoy preocupado porque en cualquier momento ellos [Zancudo Cocha] pueden perder la cabeza”, confiesa el dirigente siekopai.

El incremento de la violencia en la provincia de Sucumbíos preocupa a los siekopai. “Los mismos kichwas de Zancudo están amenazando (…), se ha denunciado a Fiscalía esto pero no se ha movido hasta el momento. Estamos viviendo en un mundo de inseguridad total y los dirigentes podemos ser la pieza fácil”, advierte Piaguaje y recuerda el asesinato del líder cofán Eduardo Mendúa, ocurrido en febrero de 2023, con doce balazos, por defender su territorio del avance de la industria petrolera, también en la Amazonía norte. “Tantas violaciones que se ha visto en el país y estamos viendo aquí también cómo el Estado está violentando los derechos, no se está ejerciendo los derechos que están consagrados en la Constitución”.

El Maate incumple sentencia
En febrero de 2018, líderes de la Nación Siekopai viajaron hasta Pë’këya para construir una maloca, casa espiritual para beber yagé, la misma fue quemada meses después. Foto: Mitch Anderson / Amazon Frontlines.
El Maate incumple sentencia Siekopai
Armonización del espacio donde las y los Siekopai recibieron la primera audiencia. El 25 de enero de 2023 en Shushufindi, luego de dos suspensiones de audiencia anteriores, finalmente se desarrolló la primera audiencia por la acción protección por la vulneración de los derechos al territorio de la Nación Siekopai. La audiencia fue convocada por el Juez Multicompetente de Shushufindi. Foto: Nixon Andy / Alianza Ceibo.

Enrique Moya, actual presidente del Centro Kichwa Zancudo Cocha −quien asegura que los siekopai son peruanos y cuestiona su derecho a la titulación de sus tierras−, asegura que en el 2000, su comunidad también tuvo la intención de exigir al Estado titular su territorio y que el entonces Ministerio de Ambiente usó el mismo argumento para responderles: “que no había la norma técnica”. Sin embargo, no pudo respaldar su afirmación con un documento.

Han transcurrido 25 años y la respuesta estatal continúa siendo la misma. Moya considera “mediocre” al Estado y califica a la sentencia de la Corte como “una emboscada judicial” y “una puerta más que se abre para que las demás nacionalidades a nivel del Ecuador comiencen a reclamar”.

En Asamblea extraordinaria del 28 de octubre de 2024, la comunidad Zancudo Cocha se declaró en resistencia “por abuso del poder público en contra de nuestra comunidad”, tal como lo muestra un documento recibido por el Maate el 21 de noviembre de ese año.

“El Estado está fallando en no encontrar argumentos suficientes para poder invalidar esa sentencia”, dijo Moya a La Barra Espaciadora, vía telefónica, aunque la sentencia es definitiva e inapelable.

“La Corte Constitucional rechazó la acción presentada contra la misma –recuerda Acero–, y en un estado de derechos, lo único que cabe es cumplirla, especialmente porque es una sentencia por vulneración de derechos constitucionales que establece medidas de reparación ante esa vulneración”.

Moya, de su parte, añadió: “Yo tengo ingresadas un montón de cartas hacia ellos [el Maate] con mi inconformidad, y también les he dejado claro cuáles son las consecuencias que pueden llegar a arrastrar estos procesos (…) No vamos a dejar que ni el mismo Estado nos quite (…) lo que van a causar es una guerra, tanto con el Estado como con la otra nacionalidad, porque no lo vamos a permitir”, sentenció.

A pesar de la complejidad que presenta este caso en términos de interculturalidad, la subsecretaria Ortega confirmó que las acciones del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica a lo largo del proceso judicial no incluyeron coordinación interinstitucional ni tampoco una perspectiva antropológica, pues en su personal no cuentan con profesionales especializados en interculturalidad ni con un solo antropólogo. “No tenemos esa competencia específica”, se justificó Ortega.

Interculturalidad y ancestralidad, ‘lenguajes’ que el Estado ecuatoriano no entiende

El Artículo 3 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales (2016) describe por primera vez en la historia del país el concepto de ancestralidad en relación con territorios y otorga a un territorio ancestral las cualidades de “imprescriptible, inalienable, inembargable e indivisible”.

“En la cosmovisión indígena, la tierra se constituye como un ente vivo desde el cual se origina la vida y la existencia”, explica Andrea Soledad Galindo Lozano, en su artículo Limitaciones al reconocimiento del territorio ancestral en Ecuador, publicado en Foro: Revista De Derecho, de la Universidad Andina Simón Bolívar. “La perspectiva del territorio en el mundo occidental, por otra parte, está íntimamente ligada a la propiedad privada −añade−, en donde no existe una relación profunda con la tierra, sino únicamente el vínculo con un objeto del cual se obtienen recursos, que generalmente ha sido abordado desde el derecho privado o el derecho agrario”.

El Convenio 169 de la OIT −del cual Ecuador es suscriptor− establece en su Artículo 14 que: “Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión”. Además, obliga a instituir “procedimientos adecuados en el marco del sistema jurídico nacional para solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos interesados”.

La misma Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007); la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948); la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969) y la Declaración Americana sobre Derechos de los Pueblos Indígenas (2016) son algunos de los principales instrumentos del derecho internacional que contemplan estándares para proteger los derechos territoriales de los pueblos indígenas. Todos ellos son de obligatorio cumplimiento para los estados signatarios.

Las y los Siekopai unen sus luchas para restaurar los vínculos rotos en su momento por la guerra. En junio de 2024 tuvo lugar el III Encuentro Transfronterizo de la Nación Siekopai, en el que las luchas que viven las comunidades a ambos lados de la frontera se articulan para la unión de la Gran Nación Siekopai. Foto: Daris Payaguaje / Alianza Ceibo.

En Ecuador, el Artículo 57 de la Constitución de la República (2008), en sus numerales 4, 5, 6, 58 y 59 reconoce y garantiza a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afroecuatoriano y pueblos montubios, los derechos colectivos a mantener la posesión de las tierras y territorios ancestrales y obtener su adjudicación gratuita, a no ser desplazados de sus tierras ancestrales y a ser consultados antes de la adopción de una medida legislativa que pueda afectar cualquiera de sus derechos colectivos.

Si bien en enmiendas hechas en 1995 a la Constitución de 1979 ya se reconoció la pluriculturalidad en un Estado multiétnico, fue en marzo de 1997 que el Estado ecuatoriano por primera vez aseguró que “las minorías étnicas o grupos indígenas que forman parte de la nacionalidad ecuatoriana tienen derecho a su propia cultura y tierra», y que los distintos sistemas culturales de esos pueblos «han generado un carácter multicultural en la sociedad ecuatoriana».

Existen incluso precedentes jurisprudenciales a escala regional como el caso Pueblo Indígena Xucuru y sus miembros Vs. Brasil, en el que la Corte Interamericana de Derechos Humanos solicitó al Estado de Brasil indemnizar al pueblo Xucuru por haber demorado en reconocer, demarcar y titular su territorio ancestral. La Corte IDH recordó al estado brasileño que “los miembros de los pueblos indígenas que por causas ajenas a su voluntad han salido o perdido la posesión de sus tierras tradicionales mantienen el derecho de propiedad sobre las mismas, aún a falta de título legal” y que “el Estado debe garantizar la propiedad efectiva de los pueblos indígenas y abstenerse de realizar actos que puedan llevar a que los agentes del propio Estado, o terceros que actúen con su aquiescencia o su tolerancia, afecten la existencia, el valor, el uso o el goce de su territorio”.

Un retorno pacífico

El viernes 28 de febrero de 2025, día de la segunda audiencia de seguimiento de cumplimiento de la sentencia, comenzó muy temprano en San Pablo de Katëtsiaya. Las familias siekopai se habían preparado durante días: posesionaron a 26 guardias, limpiaron el coliseo en minga comunitaria, elaboraron los carteles y dispusieron la simbología siekopai alrededor del lugar. Hombres, mujeres, niños, niñas, abuelos y abuelas estuvieron de pie desde muy temprano para ayudar a colocar sillas y mesas para recibir al público, al juez y a los funcionarios.

El Maate incumple sentencia
Juez de Shushufindi y su secretario, en la cancha techada de la comunidad San Pablo de Katëtsiaya durante la audiencia del 20 de septiembre de 2024. En la diligencia, el Juez de Shushufindi dictó medidas urgentes para el cumplimiento de la sentencia emitida en noviembre de 2023. Foto: Nixon Andy / Alianza Ceibo

Aproximadamente a las nueve de la mañana llegó la delegación de la comunidad siekopai de Remolino, con unas cincuenta personas. Enseguida llegaron unos veinte miembros de la comunidad Sewaya; quince miembros de la comunidad Bellavista; la comunidad Wa’iya se hizo presente con unos quince representantes más, igual que la comunidad Eno. Sumando las cuarenta personas representantes de San Pablo, asistieron en total más de cien personas. También hubo una delegación waorani y una delegación cofán. Pero la representación oficial del Maate no acudió. Tan solo asistió un pequeño grupo de técnicos de la Subsecretaría de Patrimonio, sin representatividad alguna en la diligencia. Las sillas asignadas para la ministra María Cristina Recalde y su equipo jurídico lucieron vacías durante toda la jornada.

El Maate incumple sentencia
Anciano Siekopai prepara la bebida sagrada del yocó para compartir con los jueces de la Corte Provincial de Sucumbíos. El 30 de mayo de 2023, los jueces de la Corte Provincial de Sucumbíos realizaron la audiencia de apelación de la sentencia, en la comunidad San Pablo de Katëtsiaya donde fueron recibidos por la guardia Wajo’sara y la comunidad compartió su yocó y prácticas ancestrales con los jueces. Foto: Daris Payaguaje / Alianza Ceibo.
El Maate incumple sentencia
La comunidad de San Pablo de Katëtsiaya se preparó para recibir a los jueces de la Corte Provincial de Sucumbíos que irían hasta el territorio para desarrollar la audiencia de apelación. Crédito para todas las fotos: Karen Toro / Amazon Frontlines

Miguel Payaguaje, uno de los ancianos, dirigió la ceremonia de armonización del lugar, un ritual que inaugura los grandes eventos de la toma del yagé, recuerda Justino Piaguaje. El aire se tornó fragante gracias a las plantas que se colocaron para adornar el sitio y al incienso encendido. “El sabio circula alrededor del espacio como poniendo un muro de protección para que las malas energías no se apoderen del lugar”, explica Justino e insiste que lo único que buscan es lograr un “retorno pacífico”. Enseguida, el abuelo Miguel pidió a los presentes ponerse de pie para iniciar la toma del yoko y la limpia, “para limpiar el espíritu y tener ese criterio objetivo de resolver los problemas”.

Entonces, se dio paso al intercambio de testimonios. Los mayores hablaron de sus rutinas de pesca alteradas por estas tensiones y lamentaron que ya no puedan transitar por los territorios donde acostumbraban a proveerse de alimento. Uno de ellos recordó que cada enero, normalmente, era el tiempo de la pesca, pero contó que ya no pueden caminar los senderos que siempre anduvieron, tampoco pueden cazar, por miedo. “Lo único que les queda es embarcarse en la canoa y coger unas dos o tres mojarras… –añade Justino–, entonces siguen sufriendo los abuelos mientras el Ministerio dilata”.

Otra persona lamentó haber tenido que dejar de visitar a su hermana, que habita la comunidad de Ma’ñoko, dentro de Pë’këya, desde que las amenazas y la tensión se convirtieron en protagonistas de la vida siekopai.

“El Maate tiene que pedir disculpas públicas a los familiares que sufrieron o que siguen sufriendo por el hecho de que sus parientes no puedan volver a su territorio –señala Piaguaje, determinante–, pero ahora vemos que ellos siguen causando esa misma situación, están haciendo sufrir a nuestra gente [que está] sin poder regresar a su territorio para ver a sus familiares”.

En 2019, la Nación Siekopai realizó un viaje en remo, tal como lo hacían sus ancestros, hasta Pë’këya. Este ejercicio es parte de la lucha de recuperación de su territorio ancestral. Foto: Jimmy Piaguaje / Alianza Ceibo
En febrero de 2018, líderes de la Nación Siekopai viajaron hasta Pë’këya para construir una maloca, casa espiritual para beber yagé, la misma fue quemada meses después. Foto: Mitch Anderson / Amazon Frontlines

Breve historia de dos pueblos 

La Nación Siekopai es una nacionalidad indígena que habita la Amazonía ecuatoriana pero que fue dividida en 1941. Cuenta con una población de alrededor de 828 personas en Ecuador, distribuidas en seis comunidades, según su último censo, mientras que unas 1 200 personas más viven en el actual territorio peruano, donde se reconocen como secoya.

Archivos históricos prueban que sus territorios ancestrales llegaron a ocupar un área aproximada de 82 mil kilómetros cuadrados, entre las riberas de los ríos Putumayo, Napo, Aguarico y Wajoya, que hoy corresponden a Colombia, Ecuador y Perú.

Durante la llamada era del caucho, la presión por parte de hacendados foráneos provocó incontables desplazamientos forzosos de varias poblaciones indígenas amazónicas. Entre 1895 y 1930, los siekopai fueron empujados hacia campamentos caucheros ubicados en la zona del Cuyabeno, y obligados a abandonar sitios ancestrales sagrados como Pë’këya, Kokaya y Zocora.

Con el inicio del conflicto armado entre Ecuador y Perú, en 1941, en las líneas de frontera se instalaron destacamentos militares y los siekopai fueron divididos. Unos quedaron en territorio peruano y otros, del lado ecuatoriano. Pë’këya, conocido en español como río Lagarto, es un paradisíaco complejo de lagunas de aguas negras y bosques inundados en donde Ñañe Paina, considerado el dios de esta nacionalidad, recreó la tierra. Por eso, lo consideran un sitio sagrado.

Tres décadas después de la guerra, durante los años setenta, algunos navegantes siekopai intentaron llegar a Pë’këya, buscaron nuevos sitios donde establecerse a orillas del río Aguarico, pero el ejército de Ecuador había tomado el control absoluto de la zona. Misioneros del Instituto Lingüístico de Verano-ILV impulsaron y gestionaron el traslado de los siekopai a lo que hoy es la comunidad de San Pablo de Katëtsiaya, el centro poblado más importante de los siekopai en Ecuador.

Luego de la firma de la paz entre Ecuador y Perú, en 1999, tuvieron lugar los primeros viajes para retomar contacto entre parientes separados por las fronteras nacionales.


Zancudo Cocha es una comunidad perteneciente a la nacionalidad Kichwa, que −según detalla la antropóloga Andrea Madrid Tamayo en su estudio Entre killas y pifanos: desde la memoria social de los pueblos kichwas del Cuyabeno. Estudio de caso en la comunidad de Zancudo Cocha− cuenta con 40 socios fundadores. Enrique Moya, presidente de Zancudo Cocha,  asegura que actualmente cuentan con aproximadamente 150 habitantes en una superficie de 172.575,95 hectáreas.

“Hace aproximadamente  100  años −narra Madrid Tamayo−,  los  Kichwas  de  Zancudo  Cocha  llegaron  a  la  ribera  del  Aguarico en su confluencia con el Río Napo, sector por el que transitaron de manera itinerante durante varios años y, que previamente, había sido utilizado por Cofanes, Sionas y Secoyas, quienes, poco a poco, fueron asentándose río arriba, en las comunidades de Puerto Bolívar, Secoya Remolino, Tarapuy y Playas de Cuyabeno” (sic).

Atardecer al final de la jornada, luego de que se suspendiera el recorrido por amenazas proferidas por miembros de la comunidad kichwa de Zancudo Cocha, el 11 de octubre de 2024, como parte de las medidas dictadas por el Juez de Shushufindi en la audiencia de septiembre de 2024, en la que ordenó realizar el recorrido e instalación de señalética. Foto: Darys Payaguaje / Alianza Ceibo

Contenido patrocinado
Fabrizio Peralta Díaz

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.