Por Paola Carrillo / @Pao_cvi

Cinco años de hechos, pruebas, audiencias y personajes podrían volver a revisarse en un nuevo juicio en el caso de Ola Bini, el experto informático sueco que fue arrestado en el 2019 y procesado por, presuntamente, acceder o intentar acceder a un supuesto sistema informático de la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT). 

El recurso legal se llama doble conforme y, según José Charry, uno de los abogados de Bini, es un derecho constitucional que tiene una persona que es declarada inocente en primera instancia y luego culpable, en segunda instancia. El objetivo es que “dos tribunales ratifiquen si merece la condena o no”, dice Charry.

Este es el panorama en el que se encuentra el experto informático desde el pasado 5 de abril, cuando en una audiencia de apelación, un tribunal de Pichincha le declaró culpable y le condenó a un año de prisión y al pago de una multa de cuatro salarios básicos unificados. 

Así, el doble conforme es la última instancia ordinaria que le queda a la defensa de Bini y, de acuerdo con Charry, lo solicitarán en la Corte Nacional tan pronto como reciban la notificación de la sentencia -que hasta la publicación de este artículo no ha llegado, a pesar de que ya venció el plazo de 10 días, que dispone la Ley. 

Una vez que se agote ese recurso, tanto la Fiscalía como el acusado pueden solicitar el recurso extraordinario de casación, que revisa si hubo alguna aplicación incorrecta de las normas jurídicas.

Los jueces que resolvieron por mayoría la sentencia de culpabilidad fueron Fabián Fabara y Narcisa Pacheco, quienes conocieron el caso de Bini en una instancia previa, en la que le negaron la salida de prisión preventiva, en 2019, cuando este caso se inició. Por esa razón, antes de la audiencia de apelación, la defensa del procesado solicitó el cambio de tribunal, pero este pedido no fue aceptado. 

Por su parte, la jueza Maritza Romero ratificó la inocencia de Bini con su voto, como minoría. 

La Barra Espaciadora se comunicó con Fabara, para solicitarle una entrevista, e inicialmente el juez confirmó que estaba dispuesto a conversar, que le llamaran más tarde para fijar fecha y hora. Sin embargo, después no contestó a nuestros llamados. También intentamos contactar a Romero, pero no obtuvimos respuesta.

La independencia judicial, en duda

“Lo que se está criminalizando es un saber“, dice Gaspar Pisanu, manager de políticas públicas e incidencia para América Latina de la organización Access Now, y coincide con él Veridiana Alimonti, directora asociada de políticas en América Latina de Electronic Frontier Foundation (EFF), quien opina que “al parecer, hay miedo a que existan personas que tengan conocimiento técnico y que usen herramientas para proteger la privacidad”. 

En especial, Pisanu y Alimonti se refieren a que esta última sentencia señala que Bini cometió el delito de acceso no consentido a un sistema informático de CNT, en grado de tentativa, cuando esto no se había planteado así antes

Ola Bini
Imagen captada durante la audienci de apelación,el 5 de abril. Cortesía: Centro de Autonomía Digital.

Con respecto a la forma en la que se dio esta sentencia, José Charry dice que está “fuera de un esquema, porque la acusación de la Fiscalía siempre fue por acceder a un sistema informático, pero ahora los jueces dicen que no accedió sino que intentó acceder, y de eso nunca nos defendimos”. 

Carlos Soria, también abogado del caso, agrega que la sentencia de los jueces no hizo alusión al cometimiento de un delito ni a la intención de cometerlo sino que “se le condenó porque tiene la habilidad para hacer algo así”. 

De acuerdo con una publicación de la organización Inredh, “para la Corte Provincial de Pichincha los conocimientos técnicos especializados de Ola Bini son idóneos para cometer el delito, ya que intentó acceder al servicio informático de la CNT con TOR”. 

En este punto, para Rosa Bolaños, asesora legal de Inredh, es importante no desmerecer ni olvidar lo que hizo el tribunal de primera instancia, que entendió que las pruebas presentadas por la Fiscalía, entre esas la más cuestionada: una simple captura de pantalla, no probaban ningún delito. Por esto, dice que, como parte de la misión observadora, el siguiente paso será realizar un informe comparativo entre el primer juicio y el segundo para identificar “por qué se ve esta falta de independencia judicial, incluso de cambiar el grado a tentativa, haciendo el trabajo de Fiscalía”. 

A pesar de la última sentencia, Ola Bini no irá a prisión, debido a que el 8 de abril, el Tribunal de Garantías Penales de Pichincha aceptó la suspensión condicional de la pena en su caso debido a que la condena no excede los cinco años y él no tiene vigente otra sentencia o proceso en curso , además no registra antecedentes personales, sociales o familiares. Charry dice que esto no significa que la defensa acepte la resolución de culpabilidad, pero que era necesario solicitar esta suspensión como parte del proceso.

La Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Intermericana de Derechos Humanos (CIDH), encabezada por el relator especial, Pedro Vaca, publicó recientemente su informe 2023 sobre Ecuador. En el mismo, destaca el caso de Ola Bini como uno de los argumentos por los cuales se considera que, en el país, hay “un retroceso en la garantía de este derecho”. Por ello, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos volverá a observar de cerca la situación, pues ya ha expresado que le preocupan las resoluciones que está tomando la justicia ecuatoriana contra Bini y los derechos digitales.

Entre el honor y la criminalización de defensores de derechos digitales

Según Charry, ha sido la misión observadora la que ha mantenido vivo el caso y el honor de Ola Bini, después de cinco años en los que, al principio, las audiencias estaban llenas de periodistas y cámaras que luego fueron desapareciendo. A través de los informes y otros recursos presentados por este grupo de organizaciones alineadas con los derechos digitales se ha podido informar sobre este caso. 

Para Pisanu, las acciones del Estado afectan a toda la población, no solo a quienes trabajan en seguridad digital. “Ola Bini es una persona conocida -dice-, imaginemos qué le pasa a alguien que no es conocido, en un lugar donde las autoridades, quienes ostentan el poder público, tienen la posibilidad de flexibilizar las normas para perseguir a alguien, porque eso es lo que sucedió acá, se elimina un concepto fundamental que es el de seguridad jurídica”.

Pisanu recuerda que existen varios casos en la región que criminalizan a investigadores informáticos. Por ejemplo, en el 2021 Access Now publicó un informe en el que recopila cinco casos relacionados a este tema en Argentina (Javier Smaldone y Gaspar Ariel Ortmann), Ecuador (Ola Bini), Colombia (Juliana Peña) y México (Chris Vickery). 

Después de un análisis legal, dicho documento recomienda que se revisen las disposiciones existentes en materia de ciberdelincuencia para que se garantice que “el costo de las medidas de seguridad razonables no se utilice para responsabilizar legalmente a las personas investigadoras”. Pisanu dice que las organizaciones que trabajan por los derechos digitales ya están discutiendo acerca de revisar y actualizar el Tratado de Budapest de ciberseguridad, porque no existen protecciones para quienes trabajan en esta área. 

En este caso, la misión observadora ha presentado la situación de Ola Bini en encuentros internacionales como el Internet Governance Forum, lo cual, en palabras de Veridiana Alimonti es indispensable para que el mundo conozca lo que pasa en Ecuador con una persona como Bini, quien tiene una reputación en la comunidad de ciberseguridad, “por estar comprometido con la garantía de la privacidad, la protección de datos y los derechos humanos”. 

Desde 2019, Ola Bini permanece en Ecuador con prohibición de salida del país, sin poder mover el dinero de sus cuentas bancarias y con sus aparatos tecnológicos incautados. Según aseguran Soria y Charry, nunca se levantaron en la práctica las medidas cautelares, ni siquiera cuando se ratificó su inocencia en primera instancia.

“Fiscalía, sí o sí, tenía que tener su trofeo o su pena simbólica y claro, aceptó la suspensión condicional de la pena, pero en escrito, en formalidad y en las noticias, Ola Bini es culpable”, lamenta Bolaños.

Cuestiones de tiempo

José Charry dice que para llegar al recurso de doble conforme no hay fecha tentativa y no se puede hablar de plazos, porque si bien en las normas hay referencias al número de días que deberían durar los procesos, en la práctica eso no ocurre. Es por esto que se alargó tanto el proceso que empezó en 2019 y que “debería haberse resuelto en un año”, asegura.

Si retrocedemos el calendario, las últimas dos audiencias han transcurrido en un mes en el que Ola Bini pasó de ser inocente a ser culpable. Previo al juicio de apelación, sus abogados intentaron cambiar a los miembros del tribunal de Pichincha, al que le correspondía deliberar, pero no tuvieron éxito. En palabras de Carlos Soria, dos de los tres jueces -Fabián Fabara y Narcisa Pacheco- debían excusarse de participar en la audiencia porque tenían conocimiento previo del caso. En efecto, ellos fueron quienes negaron la liberación de Ola Bini de la prisión preventiva, en mayo del 2019, la mismo que fue suspendida gracias a un recurso de habeas corpus que demostró una serie de ilegalidades cometidas desde su retención, el 11 de abril de ese año. Aún con ese antecedente, ambos fueron parte del tribunal de apelación y apoyaron la revocatoria de inocencia.

Soria recuerda que Bini mantiene una demanda por daños y perjuicios en contra de alrededor de 30 personas que presuntamente habrían actuado en su contra. En esa lista están, precisamente, los jueces Fabara y Pacheco.

Ola Bini
Imagen captada durante la audienci de apelación,el 5 de abril. Cortesía: Centro de Autonomía Digital.

Desde su inicio, el proceso ha estado marcado por un serie de irregularidades que incluyen adelantos o aplazamientos inexplicables de diligencis y de las audiencias, como lo señala el editor general de este portal, Diego Cazar Baquero, en su libro ‘Colateral’. Por ejemplo, la vez que se pidió otra fecha para que estuviera presente el gerente de CNT, pero en la reprogramación tampoco estuvo y su presencia no fue fundamental. También la vez que se vinculó al caso a Ricardo Argüello, amigo de Ola Bini, para ganar tiempo en la investigación antes de que prescribiera.

Esta historia empezó el 11 de abril de 2019, con la escena de la exministra María Paula Romo anunciando en una rueda de prensa que se había retirado el asilo diplomático a Julian Assange, fundador de Wikileaks, que se tenía conocimiento de que hackers rusos cercanos a la organización vivían en Ecuador, desde hacía varios años, y que estaban colaborando en presuntos intentos de desestabilización del gobierno de Lenin Moreno. Nada de eso se logró probar nunca.

Por el tiempo que ha pasado, desde esa fecha, que es la misma en la que se retuvo a Ola Bini en el aeropuerto de Quito, hay una figura legal que podría encajar: la prescripción del delito, que de acuerdo con la explicación de José Charry, se establece en base al número de años que señala la condena. En caso de crímenes menores se establece un tiempo de 5 años, que es lo que correspondería aplicar al caso de Ola Bini.  

A pesar de esto, Soria asegura que para la defensa la prescripción no es un camino. “Queremos una sentencia que diga la verdad, que Ola Bini es inocente”, concluye.

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