Por Diego Cazar Baquero / @dieguitocazar

Durante cinco meses, el personal administrativo de la empresa Furukawa Plantaciones C.A. del Ecuador (o FPC) ha ideado tácticas para evadir sus responsabilidades en una serie de violaciones a Derechos Humanos cometidas en contra de cientos de trabajadores abacaleros de la costa ecuatoriana, desde 1963.

El pasado 15 de agosto, cerca de 300 extrabajadores de la empresa se reunieron al borde de la Vía Santo Domingo-Quevedo, en el kilómetro 42, para recibir a una comisión conformada por medios de comunicación y por abogados de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu) y del Centro de Derechos Económicos y Sociales (Cdes), quienes ejercen su representación jurídica. El objetivo era afinar las acciones en su defensa en procura de obtener por parte del Estado ecuatoriano las medidas de reparación integral de sus derechos violentados. Pero ese mismo día, mientras ellos sesionaban, el actual gerente de Furukawa, Iván Segarra Segovia, suscribía un Acta de Mediación con 63 trabajadores, con la que pretendió dar por cerrado un conflicto de más de cinco décadas.

El acto extrajudicial –que tuvo lugar en el Centro de Mediación de la Cámara de Comercio de Santo Domingo–, contó con el aval de una abogada llamada Elena Acosta Moreira, como mediadora, y tuvo como contraparte al ciudadano Walter Dionicio Sánchez Ramos, quien auspició voluntariamente a los trabajadores en marzo del 2018, para llevar sus reclamos al gobierno de Lenín Moreno, pero que con el paso de los meses ha sido rechazado por esos mismos trabajadores, quienes lo acusan de haberlos utilizado, cobrándoles dinero y maltratándoles, a cambio de ofrecerles su supuesta ayuda.

Hoy, el mismo Sánchez –quien denunció hace varios meses haber recibido amenazas de muerte por parte del entonces gerente de Furukawa, Marcelo Almeida– firmó un documento en el que los agricultores violentados durante más de cinco décadas por la empresa estarían impedidos de tomar acciones para obtener la reparación integral que buscan. La cláusula novena del Acta, titulada RENUNCIA DE ACCIONES, pretendió prohibir cualquier reclamo de los trabajadores esclavizados que tuviera que ver, precisamente, con las condiciones de esclavitud a las que fueron sometidos, algunos durante toda su vida.

Las partes renuncian a iniciar entre sí, cualquier tipo de acción civil, penal, administrativa o de cualquier otra índole que se relacione con el objeto de este acuerdo. Así, los miembros de la ASOCIACIÓN presentes o futuros, nada tendrán que reclamar en el futuro a FPC con motivo de las relaciones que en el pasado hayan existido entre ellas.

El lunes 19, la Defensoría del Pueblo de Ecuador se pronunció frente a este intento de borrar el caso, con un comunicado en el que considera “urgente la implementación de medidas como: la expropiación de tierras para ser entregadas a las víctimas, en consecuencia a lo establecido en el art. 103 literal g de la Ley Orgánica de tierras rurales y territorios ancestrales; la emisión de una disculpa pública por parte de las más altas autoridades del Estado para remediar la omisión y desatención ocasionada por más de 50 años; y el otorgamiento de beneficios socio económicos para que las y los afectados continúen con su proyecto de vida”.

Defensoría del Pueblo no avala el acuerdo

Furukawa

La Asociación Esperanza de un Nuevo Amanecer es una organización que estuvo en proceso de conformación desde que este caso fue revelado, el 18 de febrero del 2019, por un Informe de Verificación emitido por la Defensoría del Pueblo cuando su titular fue Gina Benavides. En ese informe se evidenciaron 31 irregularidades y el cometimiento de violaciones sistemáticas a derechos fundamentales de cientos de trabajadores por parte de Furukawa, desde su fundación, en 1963.

Sin embargo, desde entonces, los empresarios han conseguido dilatar las acciones que por obligación debería emprender el Estado ecuatoriano, pero que aún hoy, cinco meses después, no se plasman en estrategia alguna de reparación integral. Cuatro multas que no alcanzan los 180 000 dólares, la suspensión de actividades y cierre por 60 días de la empresa fueron las medidas que las autoridades estatales tomaron para sancionar a Furukawa, tratando a este caso de violación de DDHH tan solo como un conflicto laboral. Y aunque los documentos que dispusieron esas sanciones instaban a que se corrigieran los 31 incumplimientos citados por el Informe de Defensoría del Pueblo, la empresa reabrió sus instalaciones al cumplirse los 60 días sin que nada se hubiera corregido.

Furukawa

El Acta, firmada el 15 de agosto en la Cámara de Comercio de Santo Domingo, pretende el “préstamo” de 206 hectáreas de tierra durante tres años y medio, a un grupo de 63 trabajadores abacaleros, cuando el número de agricultores afectados, según las cifras de la misma Secretaría de la Política, adscrita al actual Ministerio de Gobierno, es de al menos 1 244 personas.

Además, tergiversa abiertamente el Art. 50 de la Ley de Mediación y Arbitraje pues el texto original dice que “la mediación tiene carácter confidencial. Los que en ella participen deberán mantener la debida reserva. Las fórmulas de acuerdo que se propongan o ventilen no incidirán en el proceso arbitral o judicial subsecuente, si tuviere lugar. Las partes pueden, de común acuerdo, renunciar a la confidencialidad”. Mientras que el Acta que usa Segarra, como representante de la empresa Furukawa, manipula ese texto:

“…los comparecientes ratifican que el contenido íntegro del presente acuerdo, así como las obligaciones a las que por él se comprometen las partes, son de carácter estrictamente confidencial; en este sentido, ninguno de ellos podrá revelarlas a persona alguna bajo ninguna circunstancia, salvo que se relacione con su efectivo cumplimiento o medie expreso consentimiento de la contraparte. El incumplimiento del presente acuerdo de confidencialidad dará lugar a su terminación de facto, para lo cual la parte afectada estará asistida de todos los instrumentos legales que estén a su alcance para que esta consecuencia se haga efectiva”.

Aun cuando el caso de esclavitud moderna que enfrenta Furukawa ha llegado a la Comisión de Derechos Colectivos de la Asamblea Nacional; aun cuando este caso está ya en manos de la Fiscalía General del Estado, y a pesar de que nueve mecanismos especializados de DDHH de la Organización de las Naciones Unidas enviaron un comunicado conjunto a Ecuador en abril, mostrando su preocupación y pidiendo información detallada, el documento extrajudicial suscrito el 15 de agosto se muestra como un instrumento para ejercer presión sobre los trabajadores y bloquear –a través de ellos mismos– cualquier acción tendiente a la reparación integral de sus derechos violentados.

Continúa la cláusula novena:

En el proceso penal iniciado de oficio por parte de la Fiscalía Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas así como cualquier otro proceso que se encuentre en trámite, los miembros de la ASOCIACIÓN comparecerán y presentarán la presente Acta de Mediación suscrita entre las partes con al finalidad de manifestar la satisfacción plena de sus derechos respecto a los conflictos que se han presentado con FPC en el pasado.

La compañía acuerda retirar o desistir de cualquier acción legal en trámite en contra del señor Walter Dionicio Sánchez Ramos.

Furukawa

Algunos de los acuerdos a los que el documento pretendía llegar representan nuevas condiciones de precariedad laboral y significan una condena para los trabajadores abacaleros a trabajar única y exclusivamente para la empresa que durante años los esclavizó y solo bajo sus reglas.

En el numeral 4.1, referente al comodato y préstamo de uso, conminan a los trabajadores firmantes, representados en Sánchez, a tomar el terreno en préstamo “con la finalidad exclusiva de que [la Asociación] produzca abacá por un período de tres años y medio, plazo que será renovable sucesivamente por períodos iguales, siempre y cuando esta última cumpla con las obligaciones, responsabilidades y características del presente instrumento”. Y condiciona a sus víctimas, imponiendo la condición de que:

“La ASOCIACION está obligada a restituir el BIEN prestado, en el tiempo convenido, además está obligada a emplear el mayor cuidado en su conservación, por tanto, es responsable de todo deterioro que no provenga de la naturaleza o del uso legítimo de la cosa. Además se compromete a resembrar los espacios que no estén en producción para lo cual deberán contar con el apoyo técnico del Ministerio de Agricultura. Se comprometen también a mantener las tierras limpias y en buenas condiciones”.

En un tuit con el que respondía a una publicación de Cdes, el Subsecretario de Gobernabilidad de la Secretaría de la Política, Carlos Gómez de la Cruz, delegado por la ministra de Gobierno, María Paula Romo, para atender este caso, deslindó responsabilidades y reiteró que «El acuerdo es entre privados»:

Al respecto, el comunicado de la Defensoría del Pueblo añadió que “…la firma de acuerdos privados como el suscrito el 15 de agosto del 2019 (…) lo único que provoca es un fraccionamiento interno del tejido social de víctimas beneficiando la desmemoria colectiva y entorpeciendo el proceso de restitución que debe encabezar el Estado.”

El 6 de agosto, en declaraciones a La Barra Espaciadora, el defensor del Pueblo, Freddy Carrión, se mostró alarmado ante el modo en que ha manejado el caso Gómez de la Cruz y dijo que «en cuanto a la reparación no se ha hecho absolutamente nada». Además, se refirió a las acciones sancionatorias impuestas por el Ministerio de Trabajo contra Furukawa como «una bofetada a un Estado constitucional y de derecho».


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